La Declaración de Helsinki, ¿traduttore traditore? Sr. Editor: Hemos leído con detenimiento el artículo de Dal-Ré et al 1 , en el que se hace una crítica minuciosa de la traducción al cas- tellano de la última versión de la Declaración de Helsinki y, como traductores profesionales especializados en textos de medicina, desearí- amos destacar algunos puntos con los que es- tamos en desacuerdo. En primer lugar, tras una lectura cotejada del texto inglés y de la traducción original, no nos parece que ésta contenga la «multitud de erro- res de traducción» que Dal-Ré et al achacan reiteradamente a un supuesto traductor, sin tomar en consideración que el texto pudo ha- ber sido traducido por varias personas y revi- sado por otras tantas. Podríamos, efectivamen- te, disentir de algunas de las soluciones elegidas en la traducción de la Asociación Mé- dica Mundial (AMM), y es verdad que cabe mejorar ciertas expresiones, pero no se puede tildar de errores de traducción la mayor parte de las entradas consignadas en la tabla 1 del artículo, pues consideramos que todo traduc- tor tiene el derecho de elegir la palabra o la ex- presión que considere oportuna, siempre que lo haga en un castellano correcto –preferimos no utilizar el calificativo de «aceptable», por- que ello llevaría a preguntarse de inmediato, ¿para quién?– y sin traicionar el sentido del ori- ginal. Así, voces o expresiones como «se basa en» (4/NA a, is based on), «que pueda tener el efecto de» (3/NA b, which might have the ef- fect), «deben ponerse a prueba continuamen- te» (6/2ª b, must continuously be challenged), «implican» (7/NA b, involve), «individuos» (26/1ª a, individuals), «inhábil» (24/1ª b, uncapable), o «debe tener primacía sobre» (5/NA, should take precedence over), por citar algunas, nos parecen muestras de un castellano correctísi- mo (todas registradas, además, en el Dicciona- rio de María Moliner 2 ), que no sólo no traicio- nan en absoluto la voz inglesa en los contextos de uso, sino que no entendemos qué se gana al sustituirlas, respectivamente, por vocablos como «se fundamenta en» (4/NA a), «que pu- diera» (3/NA b), «deben cuestionarse conti- nuamente» (6/2ª b), «conllevan» (7/NA b), «personas» (26/1ª a), «incompetente» (24/1ª b), «debe tener prioridad» (5/NA), pues se tra- ta de voces que, aunque igualmente correctas desde un punto de vista semántico, en algu- nos casos son incluso menos precisas («con- llevar» tiene cuatro acepciones tradicionales de uso según María Moliner 2 , a saber, «ayu- dar», «sobrellevar», «llevar» y «entretener», y sólo en su quinta y más reciente acepción re- viste el matiz de «implicación» del verbo inglés to involve, que los buenos diccionarios bilin- gües 3 , de dudas en medicina 4 o de dificultades del inglés 5 no traducen por «conllevar», y sí por «implicar»). Las contraobjeciones que po- dríamos oponer a las objeciones de Dal-Ré et al serían casi tan extensas como las de la tabla 1, pues la traducción es un arte y, como tal, algo personal y nunca universalizable. En segundo lugar, respecto a uno de los «tres errores relevantes» que señalan Dal-Ré et al, no creemos que la voz inglesa witnessed haya sido traducida de forma inexacta por «ante testigos», entre otras cosas porque el calificati- vo inglés witnessed carece de número, pu- diendo tratarse tanto de uno como de varios testigos. Lo mismo ocurre con la opción caste- llana en plural, que no excluye la posibilidad de que se trate de un solo testigo (¿Hubo testi- gos del accidente? Sí, uno). En el artículo, se propone, en cambio, traducirlo por «atestigua- do», que es un calco del inglés. En nuestra opinión, sin embargo, este uso no sancionado por la Real Academia –«atestiguar» es, según el diccionario académico 6 , «tr. Deponer, decla- rar, afirmar como testigo una cosa. 2. Ofrecer indicios ciertos de alguna cosa cuya existencia no estaba establecida u ofrecía duda.»– no aporta mayor claridad al texto, sino todo lo contrario. De hecho, según la versión propues- ta por Dal-Ré et al el consentimiento debe ser «formalmente documentado y afirmado como testigo». Si se reniega del plural por conside- rarlo confuso, creemos que una solución me- jor y menos dogmática hubiera sido sustituirlo por «ante uno o más testigos», que es la fiel traducción del inglés witnessed, aunque ello suponga añadir algunas palabras. En tercer lugar, cuando Dal-Ré et al afirman que «no es sólo cuestión de que, según nues- tro criterio, no sean aceptables algunos térmi- nos en castellano –que, en ciertos casos, bien pudieran serlo para países de Latinoamérica–, [...]», ¿pretenden con ello que la AMM prepare una versión a medida para cada uno de los países de habla hispana? Al afirmar lo anterior, han partido de la base de que el texto, tal como estaba redactado, iba a «conducir a in- terpretaciones erróneas por parte de los inves- tigadores españoles». No obstante, dos com- patriotas suyos, Fernando A. Verdú Pascual y Ana Castelló Ponce 7 , parecen no haber tenido la menor dificultad para entenderlo, pues en su artículo enviado a MEDICINA CLÍNICA desta- can palabra por palabra las novedades funda- mentales de la última Declaración de Helsinki sin reparar en las «deficiencias» que señalan Dal-Ré et al. Además, tampoco la AMM ha es- timado necesario subsanar la mayoría de los «errores» denunciados por estos autores tras la aparición de su artículo en MEDICINA CLÍNICA –aunque sí retuvo algunas de sus sugeren- cias–, lo que nos confirma el carácter arbitra- rio de la mayoría de los cambios que, sin duda de buena fe, proponen. Por último, en frases como «ha primado la in- terpretación más habitual en nuestro medio de los términos que se han corregido» o «[...] pero que puede conducir a interpretaciones erróneas entre los investigadores españoles» se percibe nuevamente una cierta postura eu- rocentrista en estos autores, quienes, en el co- mentario final del artículo, entran en franca contradicción con ellos mismos al adoptar una actitud más contemporizadora con el resto de los hispanohablantes: «[...] hay que tener pre- sente que la versión en español de la Declara- ción de Helsinki que la AMM entienda como definitiva deberá considerar que en ciertos paí- ses y comunidades de habla hispana (no acla- ran cuáles), algunos términos que se han co- rregido pueden ser perfectamente aceptables tal y como aparecen en la versión actual de la AMM». ¿En qué quedamos, se cambia o no se cam- bia? ¿Valía la pena levantar todo este castillo de naipes para terminar admitiendo que, qui- zá, la traducción que critican no está tan mal, puesto que millones de personas que utilizan la lengua castellana del otro lado del charco podrían considerarla correcta? Agradecimientos Agradecemos a Karen Shashok su ayuda en la pre- paración de esta carta. María Verónica Saladrigas a , Manuel Talens b , Luis Pestana c , Gustavo Silva d , y 64 miembros más del foro internético plurinacional de traducción médica MedTrad (http://www.meditrad.org) a Bióloga y traductora, Basilea, Suiza. b Médico, escritor y traductor, Belley, Francia. c Médico y editor, Washington D.C., EE.UU. d Médico y traductor, Washington D.C., EE.UU. 1. Dal-Ré R, Gracia D, García Alonso F, Lahuerta J. Diferencias entre las versiones en español y en in- glés de la última actualización de la Declaración de Helsinki. Med Clin (Barc) 2001; 116: 498-503. 2. Moliner M. Diccionario de uso del español. Ma- drid: Gredos, 1999 3. Collins. Diccionario Inglés (español-inglés/inglés- español). (3. a ed.). Barcelona: Grijalbo, 1992. 4. Navarro F. Diccionario crítico de dudas inglés-es- pañol de medicina. Madrid: McGraw-Hill-Intera- mericana, 2000. 5. Torrents dels Prats A. Diccionario de dificultades del inglés. Barcelona: Juventud, 1976. 6. Real Academia Española. Diccionario de la lengua española (21. a ed.). Madrid: Espasa Calpe, 1992. 7. Verdú Pascual FA, Castelló Ponce A. La Declara- ción de Edimburgo: algo más que una enmienda a la Declaración de Helsinki. Med Clin (Barc) 2001; 116: 58-59. Sr. Editor: Hemos leído con interés la carta de Saladrigas et al 1 en la que exponen sus puntos de vista acerca de nuestro artículo sobre las diferencias encontradas entre las versiones en español e inglés de la última actualización de la Declaración de Helsinki (DH) 2 . No nos sorprende en absoluto que la propues- ta realizada por nosotros encuentre opiniones dispares sobre los términos más adecuados a utilizar en la traducción de un texto como el de la DH. Por ello, no vamos a responder a cada uno de los aspectos que Saladrigas et al 1 mencionan como ejemplos de puntos de discrepancia. Es más, coincidimos en que la traducción es un arte y que, incluso entre pro- fesionales de esta actividad, surgen desacuer- dos. Lo que sí es sorprendente es que, enten- demos, Saladrigas et al no parecen haber tenido en cuenta estas consideraciones, ya que, desde el inicio del trabajo, se indicaba que «… admitiendo que no somos lingüistas, ha primado la interpretación más habitual en nuestro medio de los términos que se han co- rregido». Además, se añadía que «…[se modi- fican palabras que son aceptables por la Real Academia Española] pero que pueden condu- cir a interpretaciones erróneas entre los inves- tigadores españoles». En el comentario final no sólo se mencionaba que «el lector podrá discrepar de la solución elegida en uno o va- rios de los errores señalados…», sino que se añadía que «…[la versión en español] que la Asociación Médica Mundial (AMM) entienda como definitiva deberá considerar que en cier- tos países y comunidades de habla hispana, algunos términos que se han corregido pue- den ser perfectamente aceptables tal y como aparecen en la versión actual de la AMM». No era nuestra intención, por tanto, que el lec- tor tomase nuestra propuesta como la traduc- ción correcta sino, muy al contrario, una más. Hablar de que nuestra postura es «eurocen- trista», si con este término quiere indicarse 597 CARTAS AL EDITOR 41.440 41.985