185 LOS ANIMALES Y LOS LÍMITES DE LA CIUDADANÍA * Will KymlicKa ** Sue DonalDSon *** QueenS univerSity, canaDa kymlicka@queensu.ca sld8@queensu.ca RESUMEN: El concepto de ciudadanía ha sido históricamente fundamental en la lucha de las minorías por respeto e inclusión. ¿Se puede extender la ciudadanía a los animales domésticos? Comenzamos este artículo esbozando un argumento en relación al por qué extender la ciudadanía a los animales domésticos es necesariamente justo, por sobre y más allá del cuidado compasivo, la relación amo-dueño y los derechos básicos universales. Luego, consideramos dos objeciones a dicho argumento. A algunos teóricos sobre los derechos animales les preocupa que extender la ciudadanía a los animales domésticos, aunque suene progresista, sería, de hecho, negativo para los animales, pues daría otra ra- zón para controlar su comportamiento y ajustarlo a las necesidades e intereses humanos. Por otra parte, los críticos de los derechos animales señalan que la inclusión de bestias “in- domables” podría ir en desmedro de la democracia, desgastando sus valores y principios nucleares. Nosotros pretendemos demostrar que ambas objeciones se encuentran fuera de lugar, y que la ciudadanía animal no solo incentivaría la justicia hacia los animales, sino que también ayudaría a profundizar sobre disposiciones y valores fundamentales. Palabras clave: ciudadanía, derechos animales, justicia, cooperación. ANIMALS AND THE FRONTIERS OF THE CITIZENSHIP ABSTRACT: Citizenship has been at the core of struggles by historically excluded groups for respect and inclusion. Can citizenship be extended even further to domesticated an- imals? We begin this article by sketching an argument for why justice requires the exten- sion of citizenship to domesticated animals, above and beyond compassionate care, stew- ardship or universal basic rights. We then consider two objections to this argument. Some * Esta es una traducción al español del artículo original “Animals and the Frontiers of the Citizenship”, publicado por primera vez en Oxford Journal of Legal Studies, Vol. 34. No. 2 (2014). Traducción de Tanya Ramírez. Correo: tramirezw@gmail.com. ** Catedrático de investigación (Canada Research Chair) del Departamento de Filosofía de Queen’s Univer- sity. *** Becaria afliada (Aflliated fellow) al Departamento de Filosofía de Queen’s University. Derecho y humaniDaDeS ISSN 0716-9825 (Impresa) ISSN 0719-2517 (En línea) N° 27, 2016 pp. 185-210