El Expediente en Red y La Nueva Teoría General del Proceso 1 José Eduardo de Resende Chaves Júnior 2 ―Los justos sólo son eficaces, sólo consiguen mantener la existencia de una comunidad, constituyendo una inteligencia colectiva‖. Pierre Lévy 1. Introducción La nueva doctrina 3 sobre la informatización del expediente judicial está todavía muy condicionada a los aspectos de nomenclatura 4 de esas novedades del mundo jurídico, lo que es natural en el proceso de afirmación y construcción de toda nueva asignatura; pero tal discusión no puede dejar escapar lo que nos parece el verdadero „quid‟ de la cuestión: el hecho de que las nuevas tecnologías de comunicación e información imprimen al proceso un carácter reticular, es decir, el problema de su virtual inserción en la red, en especial en la red mundial de ordenadores, la Internet. La desmaterialización de los autos, esto es, su pasaje del mundo analógico de los átomos, para el mundo digital de los bits, sin duda, ya es una revolución, por sí sólo, comparable al surgimiento de la prensa para cultura. Pero los cambios decurrentes de esa desmaterialización son expandidas de forma exponencial a partir de la percepción de que lo proceso electrónico es y puede ser, sobre todo, un proceso en red. La especificidad de los fenómenos de red hizo inclusive surgir, en el ámbito de las ciencias exactas, una nueva ciencia, denominada ciencias de las redes. La formalización propia de la 1 El texto ha sido traducido para el castellano por el propio autor, por ello es necesario se relevar algunos desperfectos lingüísticos 2 José Eduardo de Resende Chaves Júnior, Presidente de la Red Latinoamericana de Jueces REDLAJ; Magistrado Auxiliar de la Presidencia del Consejo Nacional de Justicia de Brasil; Magistrado Federal del Trabajo, Titular de la 21ª Vara de Belo Horizonte-MG, Doctor en Derechos Fundamentales por la Universidad Carlos III de Madrid; Presidente del Consejo Deliberativo de la Escuela Judicial de América Latina EJAL; Coordinador del GEDEL, grupo de investigación sobre e-justicia de la Escuela Judicial del TRT-MG-Brasil. Miembro del Instituto Brasileño de Derecho Electrónico - IBDE. 3 Carvalho Leal, por ejemplo, cita las siguientes designaciones: proceso electrónico, procedimiento electrónico, e-proceso, proceso digital, proceso virtual, proceso cibernético, proceso judicial telemático y proceso teleinformático. Cfr. LEAL in Jus Navigandi - Disponible en http://jus2.uol.com.br/Doutrina/texto.asp?id=9296 Acceso en: 24 abril 2010. 4 El Profesor José Carlos de Araújo Almeida Filho defiende la terminología Derecho Material y Procesal Electrónico en su manual. Cfr. ALMEIDA FILHO, (2007, pp. 54-56).