LA PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO DE ALCALÁ DEL RÍO. UN RETO DE FUTURO. Isabel Santana Falcón Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Cultura. Junta de Andalucía. Ilipa Antiqua. De la Prehistoria a la época romana. Actas del I Congreso de Historia de Alacalá del Río (noviembre de 2006). Sevilla, 2007. ISBN: 978-84-611-7763-9 isabel.s.falcon@juntadeandalucia.es Desde al año 2003 hasta ahora se han llevado a cabo en Alcalá del Río veintiséis intervenciones arqueológicas de distinta índole. De la mayoría se han ofrecido sus resultados en las distintas sesiones del I Congreso de Historia de Alcalá del Río, y trabajos más extensos sobre ellas se encuentran en este mismo volumen; por lo tanto no insistiré sobre las interesantísimas líneas de investigación histórico-arqueológicas que han puesto sobre la mesa este conjunto de excavaciones. Más bien, dado que tienen en sus manos la primera aproximación a la Historia de Alcalá del Río realizada con carácter eminentemente científico ya que sus resultados proceden de una acción sistemática encaminada a la excavación arqueológica de todos aquellos inmuebles donde se prevé llevar a cabo actuaciones urbanísticas, parece necesario hacer también un poco de historia con minúscula y recordar cómo es que hemos llegado hasta aquí, qué ha pasado con el Patrimonio Arqueológico de Alcalá del Río en los últimos cuatro años que nos ha permitido en tan breve espacio de tiempo -con todas las reservas aún pero con muy interesantes expectativas de investigación y gestión para el futuro- empezar a explicar el devenir histórico de este pueblo a lo largo de dos milenios. Para eso no debemos ir más allá del año 2000, cuando los arqueólogos A. Romo Salas y J. M. Vargas Jiménez realizan la primera prospección arqueológica de una parte del Término Municipal, en concreto de los suelos que el Plan General de Ordenación Urbanística -en aquel momento en redacción- clasificaría como Suelo Urbanizable, y de los suelos urbanos donde teníamos constancia y/o noticias de la existencia de restos arqueológicos de interés, por ejemplo la muralla o las zonas donde presuponíamos la implantación de la necrópolis romana. Como resultado de esta prospección se reconocieron varios yacimientos arqueológicos en el suelo urbanizable y distintas áreas de especial interés arqueológico en el suelo urbano. Los ámbitos de afección de estos yacimientos, convenientemente delimitados, fueron incluidos en el Plan General, que cauteló esas zonas con una protección específica en función de la preexistencia de restos arqueológicos (Figura 1) y estableció una normativa específica para controlar las actuaciones urbanísticas que implicaran movimientos de tierra en las áreas así delimitadas. 1 1 Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá del Río (Sevilla) , Normas Urbanísticas, Capítulo I, Sección II: Protección del Medio Ambiente, artículo 11.15. Protección de yacimientos de interés científico y Capítulo II, Condiciones para la protección del patrimonio edificado, artículo 11.24. Ámbito de protección y siguientes.