EDUCACIÓN EN VALORES DEMOCRÁTICOS Y OBJECIÓN DE CONCIENCIA FRANCISCO JAVIER ANSUÁTEGUI ROIG Universidad Carlos III de Madrid A la hora de abordar la cuestión de la interrelación entre la educación en valores y la objeción de conciencia frente a la misma en el marco de un sistema jurídico y político democrático, caben diversas posibilidades de análisis, que dieren en función de la amplitud de la perspectiva que se adopte. Así, en primer lugar, es posible llevar a cabo un planteamiento general sobre la cuestión de la justicación en su caso de la objeción de conciencia en relación con determinadas obligaciones impuestas por los poderes públicos en el ámbito de la educación. En segundo lugar, cabe pensar en materias y asignaturas concretas, con contenidos determinados. En este caso, se puede desarrollar una reexión en relación con la discu- sión habida en nuestro país respecto a la introducción en diversos niveles educativos de una materia como la de Educación para la Ciudadanía y Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas-Departamento de Derecho Internacional Público, Derecho Eclesiástico del Estado y Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid. El presente texto se basa en una la intervención que tuvo lugar en el Curso de derechos humanos: “Libertad ideológica y objeción de conciencia: pluralismo y valores en Derecho y en Educación”, Universidad de Alcalá, 23 de abril de 2009. Agradezco a las organizadoras del Curso, Profesoras Barranco Avilés y Garrido Gómez, el haberme ofrecido la posibilidad de discutir estos argumentos en un clima sosegado y enriquecedor. Este trabajo se ha desarrollado dentro de los proyectos Consolider-Ingenio 2010 “El tiempo de los derechos”. CSD2008-00007, y Proyecto de Investigación DER-2008-03941/JURI, Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2008-2010).