Desacuerdos teóricos e interpretación del derecho Diego M. Papayannis * Lorena Ramírez Ludeña ** Resumen En un trabajo relativamente reciente, Giovanni Battista Ratti ha criticado el tratamiento que el problema de los desacuerdos en el derecho ha recibido por parte de los teóricos anglosajones. Asimismo, ha presentado una recons- trucción alternativa del fenómeno según la cual la mayoría de los desacuerdos son ideológicos y no teóricos. En nuestra opinión, del mismo modo en que Ratti se beneficia del instrumental del realismo genovés para clarificar el problema y señalar puntos importantes, también arrastra sus limitaciones, ya que algunas de sus distinciones son cuestionables y le llevan a exagerar injustificadamente el ca- rácter controvertido del derecho. En el marco de una teoría positivista hartiana, argumentamos que la mejor explicación de las controversias jurídicas se basa en reconocer que hay distintos niveles de desacuerdo y que no todos tienen la misma naturaleza. Palabras clave: Desacuerdos. Interpretación. Positivismo jurídico. Realismo genovés. Inconsistencia e indeterminación del derecho. Summary In a relatively recent article, Giovanni Battista Ratti criticized the way the problem of legal disagreements was treated in Anglo-Saxon scholarship. Also, he presented an alternative reconstruction of the phenomenon in which most disagreements are ideological instead of theoretical. In our opinion, Ratti’s paper benefits from the conceptual instruments of Genoese legal realism to clarify the ANALISI E DIRITTO 249 2012: 249-293 * Investigador “Juan de la Cierva” del grupo de filosofía del derecho, Universidad de Girona. Correo-e: diegomartin.papayannis@udg.edu. Con apoyo del proyecto DER2010-21331-C02-02 del Mi- nisterio de Ciencia e Innovación (España). ** Investigadora del grupo de filosofía del derecho, Universidad Pompeu Fabra. Correo-e: Lorena. ramirez@upf.edu. Con apoyo del proyecto DER2010-21331-C02-01 del Ministerio de Ciencia e Inno- vación (España). Durante la redacción de este artículo hemos discutido intensamente algunos puntos con Jorge L. Rodríguez. Sus objeciones nos han obligado a reformular nuestras ideas y, creemos, han mejorado sustancialmente el argumento. Por ello, le estamos sinceramente agradecidos. Asimismo, agradecemos a Nicola Muffato sus comentarios a un primer borrador de este trabajo.