Patrimonio latinoamericano del siglo XX en la Lista del Patrimonio Mundial Autor: Alfredo Conti Instituciones: Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires; Facultad de Ciencias Económicas, Universidad Nacional de La Plata, Argentina Dirección: Jerez 514, (1925) Ensenada, Argentina Dirección de correo electrónico: alfredolconti@gmail.com Resumen La inscripción de Brasilia en la Lista del Patrimonio Mundial, en 1987, marcó el inicio del reconocimiento, en el marco de la Convención UNESCO de 1972, de obras de arquitectura y urbanismo del Movimiento Moderno. A partir de mediados la década de 1990, otras obras significativas, localizadas en América y Europa, alcanzaron tal distinción. América Latina ha realizado, hasta el momento, una contribución significativa a la Lista del Patrimonio Mundial en lo que a patrimonio del siglo XX se refiere, a la vez que se espera que un futuro próximo nuevos bienes se sumen a los ya inscriptos. En esta ponencia se presenta el aporte de América Latina a la Lista del Patrimonio Mundial, con referencia a los criterios por los cuales se ha considerado que tales bienes ostentan un valor universal excepcional. El siglo XX en la Lista del Patrimonio Mundial La Convención relativa a la protección del patrimonio mundial cultural y natural, adoptada por la Conferencia General de UNESCO en 1972, es el principal tratado internacional sobre el tema, y fue suscrita hasta el presente por 191 países. En la Convención se define a la Lista del Patrimonio Mundial como una lista de bienes del patrimonio cultural y natural que ostentan un valor universal excepcional, el que a la vez es definido, en textos complementarios, como un valor que trasciende las fronteras del país en que el bien se localiza y resulta de interés para las generaciones presentes y futuras de toda la humanidad. El concepto de valor universal excepcional reposa en la actualidad en tres pilares, condiciones a demostrar para la inscripción de los bienes en la Lista del Patrimonio Mundial: cumplir con al menos uno de los diez criterios para la inscripción adoptados por el Comité de Patrimonio Mundial, con las condiciones de integridad y autenticidad y que el bien goza de adecuadas protección y gestión para garantizar la preservación de sus valores y de los atributos que los expresan. Una inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial implica no sólo un reconocimiento de los valores de los bienes por parte de la comunidad internacional sino también el compromiso de los Estados Partes en que se hallan localizados para asegurar su protección y adecuada gestión. Desde mediados de la década de 1990, el Comité de Patrimonio Mundial, compuesto por 21 Estados Partes de la Convención y responsable de su implementación, ha adoptado la Estrategia Global para una Lista del Patrimonio Mundial