DE BONA GUERRA. EL AMBIGUO ESTATUTO DEL CAUTIVO MUSULMÁN EN LOS PAÍSES DE LA CORONA DE ARAGÓN (SIGLOS XII-XIII) Introducción Josep TORRÓ Universitat de Valencia .. .por todas estas razones e otras muchas que sufren, son llamados con derecho captivos, porque esta es la mayor malandanr;a que los ames pueden aver en este mundo (Partidas, II.29 .1 ). La de prisionero de guerra es una noción moderna, perfilada a través de sucesivos convenios y leyes internacionales que llegan, en la Convención de Ginebra de 1949, a su más acabada expresión 1 . El objeto de tales acuerdos consiste en precisar quiénes pueden ser considerados como prisioneros de guerra y qué tipo de trato deben recibir. Se trata, en otras palabras, de suprimir al máximo la ambigüedad del estatuto de los mismos como medio de evitar la comisión de arbitrariedades. Otra cosa, claro está, es el grado de observancia que, en la práctica, se tenga de dichas normas. La noción de prisionero de guerra resulta inseparable, pues, de las formas modernas de soberanía y de la diplomacia internacional y, por tanto, se nos muestra como coextensiva del sistema de Estados-nación configurado en el siglo XIX. En la Edad Media no hay propiamente "prisioneros de 1 Siglas utilizadas: ACA = Archivo de la Corona de Aragón (Barcelona); AMC = Arxiu Municipal de Cocentaina; ARV = Arxiu del Regne de Valencia (Valencia); CD = Crónica de Desclot (ed. M. Coll, Bernat Desclot. Crónica, Barcelona, 1949); CJI =Crónica de Jaime I o Llibre deis feits (ed. F. Soldevila, Les quatre grans cróniques, Barcelona, 1971); RC =Real Cancillería (sección del ACA).