SOBRE EL PRESUNTO EFECTO INTIMIDANTE DE LA PENA DE MUERTE 1 Eduardo Demetrio Crespo Catedrático de Derecho penal. Universidad de Castilla-La Mancha I. ¿Puede constituir el “efecto disuasivo” un argumento a favor o en contra de la pena de muerte? 1. ¿Puede constituir un argumento a favor? De entrada el efecto disuasivo (“deterrence efect”) no es, ni puede ser, en ningún caso, un argumento a favor de la pena de muerte, porque por encima del principio preventivo se halla en el Estado de Derecho un valor cuyo peso es mucho mayor, que no es otro que la dignidad del ser humano, así como el derecho humano más importante, la vida, que quedan vulnerados por una pena que es intrínsecamente cruel (esto es, con independencia de su modo de ejecución). 2 El carácter intrínsecamente cruel de la pena de muerte la convierte en contraria al modelo de Derecho penal del Estado de Derecho, por lo que queda consecuentemente prohibida junto con la tortura y los tratos inhumanos y degradantes, tal y como declara el Art. 15 CE. Es, por tanto, el argumento que debe contraponerse en primera instancia al del eventual efecto disuasivo. Esto resulta coherente con la idea de que el pensamiento preventivo y cualquier teoría basada en el mismo, con singular relieve la intimidación, encuentra sus límites externos en el 1 Trabajo elaborado sobre la base de la ponencia presentada en las Jornadas tituladas “Contra las penas crueles e inhumanas y la pena de muerte” organizadas por la International Academic Network for the Abolition of Capital Punishment y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando (Madrid - 11/06/2013). 2 Vid. al respecto el siguiente pasaje redactado por un grupo de jesuitas capellanes penitenciarios en los EE.UU extractado por Beristain Ipiña, A. “Victimológica y esperanzada hermenéutica filosófico- teológica de la pena capital”. En Arroyo, L.; Biglino, P.; Shabas, W. Hacia la abolición universal de la pena capital. Valencia. Tirant lo Blanch, 2010, pp. 375-385, 380: «la pena de muerte debe abolirse por ser intrínsecamente injusta. Su ejecución no sólo destruye la vida humana sino que devalúa y brutaliza a quienes la practican. Además de su radical inmoralidad, ineficacia preventiva y desigual aplicación, resulta costosísima. La pena de muerte coloca una barrera frente a la investigación creadora de sanciones alternativas”.