1 “Mujeres públicas” y sexo clandestino. Ambigüedades en la normativa legal sobre prostitución en Argentina Santiago Morcillo y Carolina Justo von Lurzer Introducción La idea de “mercantilización del sexo” resuena en distintos discursos, mediáticos, activistas u otros más cercanos al sentido común que repite el latiguillo de “la profesión más antigua…”. En este artículo nos proponemos reflexionar sobre algunos de los modos específicos de constitución y funcionamiento de lo que se denomina el mercado del sexo (Piscitelli, 2005), puntualmente en lo que respecta al sexo comercial, es decir el trabajo sexual o la prostitución 1 . El sexo no funciona como una mercancía o un servicio cualquiera, las distintas formas en que se lo concibe, los marcos culturales en que se materializa, condicionan las formas y las características que asume su intercambio directo por dinero. En nuestra sociedad el carácter personal de los intercambios sexuales entra en tensión con el carácter marcadamente impersonal de los intercambios monetarios. Al igual que O’Connell Davidson (1996) entendemos que la venta de sexo se produce en un espacio “liminar” pues el sexo no parece poder ser completamente introducido en la esfera del mercado debido a que se encuentra culturalmente asociado a con una esfera no-comercial con sentidos de intimidad, amor, afectividad. Esta liminalidad puede comprenderse mejor si tomamos en cuenta los efectos que produce el dispositivo de sexualidad 2 (Foucault, 2002) el cual, anudando sexo e identidad, 1 Entendemos el sexo comercial como “aquellas prácticas de intercambio de dinero a cambio de una relación íntima que habitualmente incluye actividades sexuales. El sexo comercial constituye así un recorte puntual dentro de un continuo de intercambios sexuales-económicos más extenso que van desde la esclavitud sexual, pasando por el matrimonio, hasta formas menos asimétricas en términos de los márgenes de acción quienes intercambian. A su vez, además de la relación puntual con el cliente intervienen variables estructurales que enmarcan y delimitan el encuentro” (Morcillo, 2011a). Entre estas variables estructurales para este trabajo en particular nos interesan las ligadas al marco legal que regula la prostitución, sin abordar directa ni centralmente las normas que sancionan la trata de personas con fines de explotación -salvo cuando estas influyen sobre el sexo comercial-, ni las formas de explotación sexual infantil, pues entendemos que éstas refieren a otros segmentos del citado continuo. Por otra parte si bien nos referiremos muchas veces al caso de las mujeres, pues así está orientada buena parte de la legislación, buena parte las reflexiones vertidas podrían hacerse extensivas a los casos de travestís y varones que comercializan sexo. 2 Foucault analiza en la Historia de la sexualidad el surgimiento de un dispositivo, el dispositivo de sexualidad, que instaura las dinámicas del poder-saber vinculándolas al campo del placer. Allí aparecerá la noción moderna de “sexualidad”. Se conmina a los individuos a decir todo sobre sus placeres, y así, a decir su verdad ya que la inteligibilidad misma de toda la subjetividad se halla enraizada en la sexualidad que ha de ser confesada. Foucault también examina la constitución de lo que denomina sexualidades periféricas. En este sentido es fundamental comprender cómo este dispositivo, al situar al sexo como clave para descifrar la Morcillo, Santiago y Justo von Lurzer, Carolina: "'Mujeres públicas' y sexo clandestino. Ambigüedades en la normativa legal sobre prostitución en Argentina" en Jones, Daniel; Figari, Carlos y Barrón López, Sara (comps.): La producción de la sexualidad. Políticas y regulaciones sexuales en Argentina, Paidós, 2012.