1 Publicado en Estudios financieros. Revista de Contabilidad y Tributación: comentarios, casos prácticos, ISSN 1138-9540, Nº 389-390, 2015, págs. 151-164 “INTERPOSICIÓN” DE SOCIEDADES PARA PRESTAR SERVICIOS PROFESIONALES: ¿SIMULACIÓN, FRAUDE A LA LEY TRIBUTARIA O ECONOMÍA DE OPCIÓN? 1 Análisis a la STSJ Murcia de 26 de enero de 2015 Manuel Lucas Durán Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario Universidad de Alcalá. Madrid 1. SUPUESTO DE HECHO La sentencia STSJ Murcia de 26 de enero de 2015 (núm. 36/2015, dictada en el recurso núm. 307/2011) es, en puridad, la continuación de otra pronunciada por el mismo órgano judicial el 29 de diciembre de 2014 (núm. 1020/14, dictada en el recurso núm. 286/11). Los hechos que dieron lugar al pronunciamiento referido fueron las siguientes: existía una sociedad profesional (en adelante la denominaremos S), de la que eran socios un padre (P) y un hijo (H), y que prestaba servicios de asesoramiento jurídico-tributario a terceros (clientes). La sociedad S facturaba, pues, a los terceros y, por su parte, P y H facturaban a S de conformidad con un contrato de arrendamiento de servicios, motivo por el cual S les retenía a ambos las correspondientes cuantías a cuenta del IRPF, pues tanto P como H integraban en su renta tales pagos de S como rendimientos de actividades económicas. No obstante, quienes realizaban materialmente la prestación de servicios a los clientes eran tanto P como H. Un esquema de la citada estructura sería el siguiente: A partir de un determinado momento (junio de 2007), tanto P como H interponen entre S y ellos mismos sendas sociedades (I 1 e I 2 ) titularidad personal al 100% de cada individuo, para lo cual aportan sus participaciones sociales de S y, a cambio, reciben la totalidad de las participaciones sociales de I 1 e I 2 . De manera que las dos sociedades citadas se configuran como meros estadios intermedios entre las personas físicas (P y H) 1 El presente trabajo se enmarca en el proyecto de investigación “La coordinación fiscal desde la perspectiva del ordenamiento de régimen común”, financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad (DER2012-39342-C03-03). P H S Clientes Facturan (retención IRPF) Factura Trabajo personal Trabajo personal