2 bricolaje “excesos de ley”. del silencio y la singularidad en la investigación social Mauricio Carreño Hernández 1 la delegada, dejaba en claro que para él esta no era más que la cara visible y amigable (a veces) de una maquinaria mucho más amplia. Aquella en donde comulgan jueces, trabajadores sociales, psiquiatras y psicólogos siempre prestos a cumplir la ley, sea al costo que sea. Sin embargo, no fue sólo su sinceridad y lucidez lo que en esa oportunidad me sorprendió. Más bien, fue el hecho que las palabras que Pablo había señalado a la delegada, y que ahora compartía conmigo, eran las mismas que, al inicio de nuestras conversaciones, había utilizado para responder mis insistentes preguntas respecto a su vida cotidiana y las prácticas que llevaba a cabo con sus amigos del barrio. “No, no he hecho nada estos días, tío. He pasado en mi casa, acostado, sin hacer nada”; era la frase que, por entonces, solía escuchar de boca de Pablo, así como de otros jóvenes del barrio con los cuales compartí mis tardes entre noviembre y febrero del presente año. Es más, al inicio de nuestros encuentros, Pablo ni siquiera había aceptado participar en la inves- tigación que por entonces yo iniciaba. 4 En aquel momento, tenía la pretensión de llevar a cabo una serie de entrevistas en profundidad con los jóvenes que participarían en mi trabajo. Ello implicaba el uso de grabadora a fin de registrar íntegramente cada una de las conversaciones sostenidas. Aquella vez, sentados en la plaza contigua a su hogar, Pablo indicó que en tales condiciones no participaría, que 4 Cada una de las experiencias que aquí describo provienen de los resultados del trabajo de campo que realicé, entre los meses de noviembre del año 2015 y marzo del presente año, en el marco de mi tesis de Magíster en Psicología Clínica de Adultos, línea Psicoanalítica. E ran las dos de la tarde. Habíamos salido hacía solo unos minutos del centro que albergaba el programa de Medidas Cautelares de una de las tantas instituciones “colaboradoras de SENAME” en materia de justicia penal juvenil. Mientras cami- nábamos en busca de un lugar donde comprar algo para beber, Pablo, 2 describió la conversación que había sostenido con su “nueva delegada”, la misma que lo acompañaría hasta ser sancionado por el robo que había cometidos dos días atrás. Le dije que estaba en la casa y que a veces fumaba un “pito”. ¿Qué le iba a decir? Ella me preguntó si fu- maba marihuana y si seguía robando. ¡No le iba a decir que fumo todos los días y que todavía sigo robando, tío! Si quiero que me ayuden, tengo que decirle que hago “puras hueás” así, que paso en la casa y cosas así, no que ando robando. ¿O no? Si es para que me ayuden, para no irme en “cana” tengo que decirle esas cosas, no que ando robando y esas “hueás”. En aquella oportunidad me sorprendieron de sobremanera las palabras de Pablo. En principio, por su sinceridad y lucidez a la hora de describir este “nuevo encuentro” 3 con el dispositivo penal dispuesto para los/as llamados/as “jóvenes infracto- res/as de ley”. Ciertamente, la respuesta que dio a 1 Psicólogo Clínico Universidad de Santiago de Chile. Tesista del Programa de Magíster en Psicología Clínica de Adultos línea Psicoanalítica Universidad de Chile. 2 A fin de resguardar la confidencialidad de quienes aquí son aludidos (directa o indirectamente), nombres, lugares y otras referencias han sido omitidos y/o alterados. 3 Valga destacar que no era la primera vez que Pablo se encontraba sujeto a este tipo de medidas penales. En varias ocasiones había pasado por dispositivos de cumplimiento de sanción, ya sea en medio libre o cerrado.