1 En: CID, José; LARRAURI, Elena (eds.), Penas Alternativas a la prisión, Barcelona: Bosch, 1997, pp. 119‐141 Penas privativas de derechos Por Dr. Jean Pierre Matus A. Profesor de Derecho penal de la Universidad de Talca (Chile). Sumario: I) Introducción; II) Posibilidades y límites de las penas privativas de otros derechos:II.1) Límites internos: los derechos de que puede y no puede privarse legítimamente; II.2) Límites externos: los casos en que se justifica recurrir a las penas privativas de otros derechos. Criterios de correspondencia; III) Las penas privativas de otros derechos como alternativa a las llamadas “medidas alternativas a la prisión”; IV) Las penas privativas de derechos en el nuevo Código penal de 1995; V) Conclusión. Propuestas de aplicación judicial del nuevo Cp 1995 a la luz de un modelo proporcionalista. I. INTRODUCCIÓN El Cp 1995 contempla, junto con las penas privativas de libertad y la multa, una serie de sanciones penales que, bajo el epígrafe de “penas privativas de derechos” afectan el ejercicio o la titularidad de otros derechos diferentes al de la libertad personal y a los patrimoniales. Entre tales penas, que no constituyen una novedad dentro del sistema de derecho penal español, menciona el art. 39 del Código penal las inhabilitaciones (y suspensiones) para el ejercicio de cargos públicos, de profesiones u oficios, la privación del derecho a conducir y del derecho a poseer y portar armas. Este tipo de sanciones, contrariamente a la intención con que se han incorporado al nuevo Código penal ciertas “medidas alternativas a la prisión”, no se presentan ahora, ni se han