EL CONCEPTO DEL DERECHO AGRARIO Dr. Ivo Alvarenga Prof. Derecho Agrario Universidad de El Salvador. 1. LA MATERIA JURIDICA AGRARIA La agricultura ha desempeñado un papel importante para la humanidad en todas las épocas. Pero el gran progreso alcanzado por algunas sociedades modernas con base en la industria, había hecho concentrar en ésta la atención de quienes se proponían impulsar el desarrollo de un país. En las últimas décadas, el crecimiento de la población acompañado de mayores niveles de vida (y por tanto de consumo) en fuentes sectores de dicha población, había exigido un aumento en la disponibilidad de recursos agrícolas, tanto alimentos como materias primas, dando origen a una progresiva tecnificación y complejidad de la agricultura, reclamando en consecuencia más atención para la misma. 1 En los años recientes, la sequía y las malas cosechas produjeron un efecto de schock: el mundo advirtió que aun cuando el desbalance entre población y producción agropecuaria ha existido en toda la historia, se había llegado a un punto de ruptura en que un desajuste por el lado de la última implicaba ya no sólo la crónica desnutrición que por siempre ha sufrido algunas zonas del mundo, sino muerte por inanición o grandes hambrunas en los países no desarrollados, junto con escasez y precios altísimos en los desarrollados. La producción agrícola ha tomado ahora caracteres de primerísima prioridad. No se la ve como una especie de complemento de la industrialización para alcanzar el desarrollo, sino como punto de partida. Es más, aumentar la producción agrícola representa para muchos pueblos no ya la alternativa de acelerar o no el desarrollo, sino la disyuntiva de subsistir o morir. 2 Para prosperar, la agricultura necesita de capital, de técnica, de toda una serie de medidas y actividades que se encuadran en las ciencias económicas, en la agronomía, en la sociología, etc. 1 Estos conceptos son hoy verdades de todos conocidas y aceptadas. Un jurista pionero en advertirlas y exponerlas fue, como se sabe, Giangastone Bolla. A este respecto véase "L'ordinamento giuridico dell'agricultura e le sue nuove esigenze sistematiche" en Scritti di Diritto Agrario, Giuffré, Milán, 1963, Págs. 221 y sgts. 2 "La crisis alimentaria -ha dicho recientemente el nuevo Director General de la FAO- marca ya la realidad de los años setenta y constituye una amenaza para el desarrollo de muchos Estados y trágicamente a veces para la supervivencia de su población. He ahí un desafío histórico lanzado a la comunidad internacional..." (Revista Ceres, N° 49, FAO. Roma, 1976, Pág.27) la gravedad y urgencia de la situación se evidencia con sólo tomar en cuenta un elemento del desarrollo agrícola, el empleo de fertilizantes, a cuyo respecto las compañías de productos químicos y los centros de investigación agrícola anuncian que "si Asia, Africa y América Latina no emplean cantidades de fertilizantes que ronden los 30 millones de toneladas para 1980, es casi cierto que se vendrán a encontrar sumidos en una hambruna general". (Revista Ceres, idem Pág.10) Por eso. "La crisis alimentaria mundial que estalló hace tres años ha provocado un cambio radical en las prioridades de inversiones del Banco Mundial y de los bancos regionales y nacionales de desarrollo. Los gobiernos de los países en desarrollo han comenzado a destinar partidas mucho mayores de sus presupuestos al sector agropecuario. Incluso los grandes bancos comerciales comienzan a invertir en grandes proyectos agro-industriales del mundo en desarrollo." (Idem, Pág.14)