1 Acerca de la necesidad de fortalecer el rol de control de admisibilidad probatoria de la audiencia intermedia Mauricio Duce Julio Post en Criminal Justice Network, 19 de septiembre de 2018, en : http://www.criminaljusticenetwork.eu/it/post/acerca-de-la-necesidad-de-fortalecer-el-rol-de-control-de- admisibilidad-probatoria-de-la-audiencia-intermedia L’evidenza empirica disponibile mostra che la fase di preparazione del giudizio orale (fase intermedia, o udienza preliminare) nel processo penale cileno non ha assolto in pratica il ruolo, assegnatole dal legislatore, di seria verifica dell’ammissibilità delle prove. Molti indicatori mostrano che prove di bassa qualità vengono ammesse in giudizio senza alcun filtro. L’autore si interroga sulle ragioni che possono spiegare questo fenomeno, e invita i colleghi di altri paesi a riflettere sugli istituti corrispondenti dei rispettivi paesi, per ricercare assieme soluzioni pratiche a queste difficoltà. 1.- La Audiencia de Preparación de Juicio Oral y su rol en los debates probatorios: Una de las innovaciones más relevantes introducidas por el Código Procesal Penal de Chile (en adelante CPP) en relación a otros países que habían reformado sus sistemas procesales en la región con la idea de instalar procesos de corte acusatorio, fue la de plantear un diseño algo distinto de la “Etapa de Preparación del Juicio Oral” (etapa intermedia como se le conoce también en muchos países). En efecto, en el modelo imperante en la región a la fecha en que nuestro CPP fue discutido se le entregaba a esta etapa del procedimiento un rol central en controlar la seriedad de las acusaciones presentadas por los fiscales. Esto es, operaba sobre la base que esta etapa y, especialmente la audiencia a través de la cual se desarrolla, constituían un momento por excelencia en la que los jueces (de garantía en el caso chileno) hacían un control sustantivo de la evidencia acumulada por el fiscal para decidir si ella satisfacía unos mínimos de seriedad para efectos de autorizar la realización del juicio oral. La idea era evitar que acusaciones infundadas llegaran a juicio oral.[1] El legislador chileno quiso apartarse explícitamente de este modelo y entregarle a la Audiencia de Preparación de Juicio Oral (en adelante APJO) un rol mucho más centrado en lo que su nombre indica, es decir, resolver aquellas cuestiones básicas para que el juicio oral pudiera ser desarrollado de manera organizada y efectiva. Dentro de estas cuestiones, una de las centrales fue la determinación de las pruebas que debieran rendirse en juicio a partir de analizar las solicitudes respecto de ellas presentadas por los intervinientes.