Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad. ISSN 2253-6655 Nº. 16, abril 2019 – septiembre 2019, pp. 94-108. DOI: https://doi.org/10.20318/eunomia.2019.4693 94 FORO Y ÁGORA ¿Surgimiento de órdenes jurídicos sin normas independientes? El caso de las secesiones acordadas Can Legal Orders Emerge Without Independent Norms? The Case of the Consensual Secession Jorge Baquerizo Minuche Universitat de Girona jorge.baquerizo@udg.edu Recibido / received: 21/01/2019 Aceptado / accepted: 28/02/2019 DOI: https://doi.org/10.20318/eunomia.2019.4693 Resumen Según algunas elaboraciones conceptuales muy conocidas dentro de la teoría del derecho, todo orden jurídico se origina a través de la producción de normas «independientes», esto es, normas que carecen de algún fundamento de validez identificable en normas jurídicas. No obstante, hay autores que consideran que lo anterior no constituye condición necesaria ni suficiente para el surgimiento de un nuevo orden jurídico: en los casos de secesión acordada, por ejemplo, un nuevo orden jurídico estatal emergería sin necesidad de que se hayan dictado normas no autorizadas jurídicamente. En el presente trabajo analizaré y criticaré esta última idea y concluiré que, incluso ante la posibilidad de una exitosa secesión acordada, de ello no se sigue, per se, la existencia de un nuevo orden jurídico (lo que sólo puede ocurrir bajo una condición necesaria: producir normas «independientes»). Palabras clave Orden jurídico, orden estatal, normas independientes, poder constituyente, secesión. Investigador del área de Filosofia del Dret en la Universitat de Girona - Becario doctoral Senescyt-UdG. Agradezco a Pablo A. Rapetti, a Jordi Ferrer Beltrán y a Riccardo Guastini por los valiosos comentarios y observaciones realizados a lo largo de la construcción de este trabajo, y por su abierta generosidad para discutir mis ideas. Diversas versiones previas de este estudio han sido presentadas, respectivamente: en el seminario de avances de tesis del grupo de Filosofía del Derecho de la Universitat de Girona (julio 18, 2018); en el III Congreso Doctoral Internacional “Desafíos Globales para la Democracia”, realizado en Santiago de Chile bajo la organización de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y la Cátedra de Cultura Jurídica (agosto 27, 2018); y en la XI sesión del Grupo de Discusión “Metagiuridica”, realizado en el Istituto Tarello per la Filosofia del Diritto de la Università degli studi di Genova (noviembre 15, 2018). Les doy enormes gracias a todos quienes, dentro de estos eventos, me formularon oportunas críticas y recomendaciones. Cualquier omisión en el seguimiento de estas pautas es de mi exclusiva responsabilidad.