CAPÍTULO 8 La estructura profunda del lenguaje (problemas sintácticos) María Victoria Feito Torrez En algún lugar de Canadá, un abogado se despierta por la mañana y se prepara un café. Mientras desayuna, repasa mentalmente las tareas del día: redactar un contrato, llamar al síndico para hacerle algunas preguntas, responder a la demanda que llegó el lunes antes de que se venza el plazo. Ya en su oficina, se sienta y redacta el contrato. Lo relee, lo comparte con un colega que también lo lee. Lo lleva al gerente para que lo proponga a la empresa con la que van a hacer negocios. Los abogados de la empresa lo leen y están de acuerdo con el contenido. Finalmente, los gerentes de ambas empresas firman el contrato. Algunos años después, un juez en su despacho lee un expediente por una demanda contractual. Una cláusula de este contrato millonario ha quedado redactada de una manera poco feliz, y ahora ambas partes sostienen que debe interpretarse de formas contrarias. Una parte pide que el juez se atenga a la literalidad de lo escrito. La otra le pide que tenga en cuenta la costumbre. El juez piensa en Alf Ross y en su clasificación de las fuentes: ¿debe atender a las fuentes objetivadas, que en este caso es el contrato? ¿O a las parcialmente objetivadas, como la norma consuetudinaria? La gran ventaja que le reporta al juez usar una fuente objetivada es que no necesita hacer un gran proceso de elaboración. La fuente objetivada —en este caso, el contrato— se presenta lista para ser aplicada, y al juez solo le resta hacerlo. En cambio, la fuente parcialmente objetivada necesita mayor elaboración interpretativa. Para poder aplicar una norma consuetudinaria, el juez debe analizar varios factores: si verdaderamente existe, si es del conocimiento de ambas partes y si no contradice las leyes, entre otras. Muchas veces, la elección entre una y otra está motivada por una tercera categoría de fuentes: las no objetivadas. Estas fuentes se refieren mayormente a las experiencias personales del juez. ¿Les parece exagerado? Esto ocurrió en Canadá, en el año 2005. Dos empresas canadienses, Rogers Communications y Bell Aliant, llevaron a juicio una cláusula del contrato