Novo, M., Arce, R., y Jólluskin, G. S. (2003). Disparidad en las decisiones judiciales. En M. Novo y Arce, R. (Eds.), Jueces: Formación de juicios y sentencias (pp. 171-191) Granada: Grupo Editorial Universitario. ISBN: 84-8491- 300-7. 1 LA DISPARIDAD EN LAS DECISIONES JUDICIALES Autores: Mercedes Novo, Ramón Arce y Gloria S. Jólluskin 1. El concepto de disparidad La cuestión de la disparidad de sentencias ha atraído el interés de los investigadores, en tanto la decisión de sentencia sobre el acusado se perfila como la de mayor relevancia a lo largo de todo el proceso judicial (Hoffman y Stone- Meierhoefer, 1973). Desde un plano semántico, el término disparidad arrastra connotaciones de desemejanza y desigualdad (Ashworth, 1987). Acercándonos a un significado más operacional, las diversas aproximaciones parecen ajustarse a grosso modo a una forma de variabilidad o inconsistencia en la decisión de sentencia. Veamos algunas de las definiciones. En esta línea, Zimmerman (1976) define el término disparidad como la variabilidad injustificada o involuntaria en la sentencia, asumiendo que tiene que existir una consistencia relativa tras controlar las diferencias legítimas entre los casos, esto es, aquellas que se expresan como una función de factores legales. En la misma línea, Thomas (1979), delimita la disparidad como las inconsistencias injustificables en la sentencia. Por su parte, Fitzmaurice y Pease (1986) apuntan que la disparidad existe cuando delitos similares, cometidos por sujetos con características análogas reciben sentencias diferentes. Desde una óptica más integradora, Ashworth (1987) apela al concepto de paridad, que supondría el trato igual para casos iguales, y desigual para casos diferentes. En términos más operativos, Diamond y Zeisel (1975) consideran la disparidad como “el porcentaje de diferencia esperado entre dos sentencias, si dos jueces, seleccionados al azar, sentenciasen el mismo caso de manera independiente”(p. 121). McFatter (1986) operacionaliza dicho concepto como cualquier diferencia en