OBJECIÓN DE CONCIENCIA Y PROTECCIÓN DE LA VIDA HUMANA: SITUACIÓN EN LA REPÚBLICA ARGENTINA Por JUAN G. NAVARRO FLORIA 1 / OCTAVIO LO PRETE 2 Pontificia Universidad Católica de Argentina / Universidad de Buenos Aires jnavarro@nfla.com.ar / oloprete@estudioloprete.com.ar Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado 57 (2021) RESUMEN: El trabajo hace una reseña de la legislación y de la jurisprudencia argentina sobre la objeción de conciencia en materias vinculadas a la protección de la vida. En primer lugar, explica cómo la libertad de conciencia está reconocida en general en el derecho argentino, cómo han operado las normas de derecho internacional que incorporó la Constitución y cómo los tribunales, sobre todo la Corte Suprema de Justicia, han ido receptando a la objeción de conciencia. Se hace un desarrollo más extenso de la cuestión del aborto, teniendo en cuenta su reciente legalización en la Argentina, limitando la norma aprobatoria el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia. Luego, se abordan otros temas como la eutanasia, la salud reproductiva y la pena de muerte, siempre a partir del tópico central del trabajo. Se pone de manifiesto la dificultad para la sistematización de la materia, derivada del régimen federal del país. PALABRAS CLAVE: Argentina, objeción de conciencia, aborto, protección de la vida, régimen federal. SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN. 2. EL DERECHO A LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA EN EL DERECHO ARGENTINO. 3. OBJECIÓN DE CONCIENCIA AL ABORTO: DESARROLLOS ACTUALES. 4. OBJECIÓN DE CONCIENCIA Y EUTANASIA. 5. OBJECIÓN DE CONCIENCIA Y SALUD REPRODUCTIVA. 6. OBJECIÓN A LA APLICACIÓN DE LA PENA DE MUERTE. 7. CONCLUSIONES. 1 Abogado egresado con diploma de honor (Universidad Católica Argentina, UCA) y doctor en derecho cum laude(Universidad Complutense de Madrid). Profesor titular en las Facultades de Derecho y Derecho Canónico (UCA). Fue Jefe de Gabinete de la Secretaría de Culto de la Nación (Argentina). Fundador y actual presidente del Consejo Argentino para la Libertad Religiosa (CALIR). Fundador y ex presidente del Consorcio Latinoamericano para la Libertad Religiosa (CLLR). Es miembro del Comité Directivo del Consorcio Internacional de Estudios de Derecho y Religión (ICLARS). 2 Abogado (Universidad de Buenos Aires, UBA) y Licenciado en Derecho Canónico (Universidad Católica Argentina, UCA). Profesor pro-titular en la Facultad de Derecho y adjunto en la Facultad de Derecho Canónico de (UCA). Docente de Derecho de Familia y Sucesiones en la Facultad de Derecho (UBA). Director del Instituto de Derecho Eclesiástico (UCA). Fundador y ex presidente del Consejo Argentino para la Libertad Religiosa (CALIR). Fundador y ex integrante del Consejo Directivo del Consorcio Latinoamericano para la Libertad Religiosa (CLLR).