El rol de la sociedad civil organizada para el fortalecimiento de la protección de los derechos humanos en el siglo XXI: un enfoque especial sobre los DESC Renato Zerbini Ribeiro Leão* 1. Contextualizando En este inicio del siglo XXI, la sociedad civil organizada es un actor principal de las relaciones internacionales. Sin embargo, desde la perspectiva voluntarista del derecho internacional público su subjetividad es todavía incierta. El concepto de sociedad civil es más amplio que la noción de organizaciones no gubernamentales (ONG). Estas últimas son un importante actor de la sociedad civil caracterizado por rasgos como: su carácter privado; sólo se constituyen en virtud del derecho interno de un Estado; son independientes de los gobiernos; son dotadas de una estructura organizativa mínima; irrelevancia relativa del alcance nacional, regional o transnacional de sus actividades; no buscar fines lucrativos, y persecución de fines lícitos 1 . Además, cuando se maneja el término sociedad civil, se trabaja con “un concepto sociológico que habla de la liberalización de fuerzas sociales en su seno, incluidas las del mercado, de sus relaciones autónomas, pero también de sus interacciones con la esfera estatal. Es un espacio de acción política también. No hay negación radical del Estado en el concepto de sociedad civil” 2 . A la luz del campo conceptual de sociedad civil, se podría hablar de una sociedad civil global, cuyo concepto “hace referencia a la transnacionalización de la vida social, a la interacción * Doctor en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales. Miembro electo del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas (2011-2014). 1 Para profundizar el estudio de estos rasgos véase Pérez-Prat Durban, Luis, Sociedad civil y derecho internacional. Tirant lo Blanch, Valencia, 2004, págs. 63-74. 2 Ibídem, pág. 27.